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Condiciones generales

DATOS IDENTIFICATIVOS DE LA EMPRESA:

El responsable de esta página web es: ESCOLANO MODA S.L., sociedad inscrita en el Registro Mercantil de Castellón tomo 969 del libro 534 folio 107, con C.I.F. B12500724 y domicilio social en C/ JULIO CERVERA, 15,12400, SEGORBE (CASTELLON DE LA PLANA).

También puedes contactar con nosotros a través del número de teléfono Nº964 710 157 (teléfono) o a través de la siguiente dirección de e-mail: info@escolanomoda.com o https://escolanomoda.com/contact/

ÁMBITO DEL CONTRATO: Los presentes condiciones generales de compra se aplican a la venta de todos los productos de nuestra página web a consumidores que se les pueda entregar pedido en Europa ( Moneda Euro). Clientes mayores de edad (+18 años) Se le reserva el derecho a cancelar la cuenta de acceso de un cliente si se detectan actos fraudulentos, especulativos o de mala fe en la utilización de este servicio.

LÍMITE DE COMPRA :  No se permite realizar compras superiores a 3.000€ (Cantidad permitida por cada empresa según criterio) por razones de seguridad de la empresa.

MÉTODO DE PAGO: Las compras realizadas pueden ser abonadas por distintos métodos de pago. Disponemos de los siguientes métodos de pago:

–          Tarjeta de crédito Visa, Mastercard o Amercian express.

–          Tarjeta de débito

Los proveedores o emisores de medios de pago pueden adoptar medidas antifraude que conlleven el rechazo de cierto tipo de operaciones. La empresa no es responsable de la aplicación de este tipo de políticas de seguridad.

PRECIO: Los precios de los productos que  aparecen detallados, incluyen el I.V.A (Impuesto sobre Valor Añadido), IGIC (Impuesto General Indirecto Canario), o IPSI (Impuesto sobre la Producción, los Servicios y la Importación en Ceuta y Melilla), según corresponda, se pueden aplicar descuentos, rappels… El precio puede varias según los IVAS Establecidos por la ley.

ENTREGA:  El plazo de entrega de los pedidos puede variar entre 3 y 4 días laborables.

En el posible caso de no recibir el producto, puede ponerse en contacto con nosotros para proceder a la reclamación.

En el caso de envíos a Ceuta y Melilla, el cliente deberá abonar además los gastos de aduana e impuestos que genere el pedido. Estos gastos se abonan en el momento en el que se recibe el pedido y en ningún caso estarán incluidos en el precio que se paga por los productos.

En el caso de envíos a las Islas Canarias, el cliente deberá abonar además los gastos de gestión en la Aduana que genere el pedido (10€) y el AEIM independientemente del importe del pedido cuando proceda. Además, para pedidos con PVP superior a 250€ el cliente debe abonar el impuesto correspondiente. Estos gastos se abonan en el momento en el que se recibe el pedido y en ningún caso estarán incluidos en el precio que se paga por los productos.

ISLAS CANARIAS

a) Envíos no comerciales

Declaración jurada de contenido, especificando al menos los siguientes datos:
– Si el remitente es un particular: nombre, apellidos, DNI o pasaporte (adjuntando fotocopia del documentos que se indica)
– Si el remitente es una persona jurídica: Nombre y número de CIF

En ambos casos se incluirá: Descripción detallada del contenido, valor a efectos estadísticos y firma o sello del remitente.

b) Envíos comerciales

Factura comercial con los siguientes datos como mínimo:
– Nombre del exportador, CIF y Teléfono
– Nombre del consignatario, CIF y Teléfono
– Descripción detallada de los productos exportados indicando los valores unitarios y el total de la factura, así como las condiciones de entrega (FOB, CIF,…)

NO son admitidas facturas pro forma o sin valor (no puede ser valor ni cero ni uno

NOTA: para evitar cargos adicionales motivados por la necesidad de revisión de la mercancía por descripciones incompletas, se debe indicar exactamente qué es lo que se manda. Para ello se necesita que las facturas/declaraciones estén totalmente detalladas con la descripción exacta del contenido de la mercancía.
Es importante EVITAR DESCRIPCIONES GENERICAS tales como “muestras, material promocional, regalos ,obsequios, pedidos”, etc…..

ANDORRA, CEUTA Y MELILLA

3.1.1 DOCUMENTACIÓN PARA LA EXPORTACIÓN.

Pueden darse dos casos:

1) Toda mercancía con valor comercial o estadístico debe de ir acompañada con una factura pro-forma en el que indique su valor a efectos de aduana. En la factura debe constar los siguientes datos relativos al Remitente y Destinatario:

Remitente:

– Nombre de la Empresa o Persona física.

– Número de Identificación Fiscal o en su caso D.N.I.

– Dirección de la empresa o particular.

– Número de teléfono de la empresa o particular.

Destinatario:

– Nombre de la Empresa o Persona física.

– Número de Identificación Fiscal o en su caso D.N.I.

– Dirección de la empresa o particular.

– Número de teléfono, y a ser posible, horario de entrega.

2) La mercancía sin valor comercial debe ir acompañada de un certificado en el que se indique que el valor comercial a efectos de aduana superior a 0 €.

ANDORRA

Existen dos casos:

1) Si se trata de una venta, la documentación a aportar será la misma que en el caso de una exportación.

2) Si la importación es motivada por alguna de las siguientes causas:

– Falta de pago de la mercancía.

– Error de pedido.

– Mercancía defectuosa.

La CASA ESPAÑOLA tendrá que justificar el motivo de la importación con la siguiente documentación:

 Se adjuntará el ejemplar nº 3 del D.U.A., fotocopia de la factura de entrada en Andorra.

 Carta dirigida al Sr. Administrador de Aduana de La Fraga de Moles, solicitando la importación y el motivo de la misma.

 La CASA ANDORRANA debe adjuntar documento de entrada-Factura por el importe material.

NOTA: Por la operativa especial que requiere el caso de importaciones, se recomienda consultar con el Dpto. de Control de Agencias de TIPSA.

3.1.3 GASTOS.

Los gastos generados por los envíos Andorra son los siguientes:

1) Exportación: Despacho aduanero para mercancía con valor comercial o estadístico.

2) Importación: a) Si se trata de venta: gastos de despacho, IVA y arancel.

b) Si el envío es alguno de los tipificados en el punto 2) del apartado anterior: gastos de despacho y arancel.

ENVÍOS CEUTA

3.2.1 TIPO DE PAQUETERÍA

En envíos Ceuta la paquetería se puede clasificar en dos grupos:

1) Paquetes a particulares: Aquella mercancía que tenga valor comercial, lleva Declaración Abreviada (Trámite Aduanero para pasar la mercancía [Levante]).

2) Paquetes a empresas: Aquella mercancía que tenga valor comercial que vaya a proveedor, tienda, comercio, empresa, etc.

3.2.2 GASTOS.

1) El documento y la muestra comercial sin valor en pequeñas cantidades y volúmenes no es susceptible de despacho.

2) Paquetes particulares: El cliente final paga el I.P.S.I., hasta un 10% del valor de la mercancía, aproximadamente.

3) Paquetes a empresas: Es obligatorio que vayan con D.U.A.

3.3 ENVÍOS MELILLA

Los envíos Melilla llevan una operativa similar a los de Ceuta.

Se deberán cumplir los siguientes puntos:

1) Todos los documentos no requieren realizar despacho de aduana.

2) Todas las muestras requieren la tramitación de un despacho aduanero.

El producto será enviado al domicilio indicado por el cliente, siempre que el cliente esté disponible en dicho domicilio, si el cliente se encuentra ausente, el pedido puede depositarse en las oficinas de la empresa mensajera, dejando una nota informativa en su domicilio.

CAMBIOS Y DEVOLUCIONES:  El cliente dispone de un periodo de 14 días naturales para la realización de la devolución. El producto o los productos deben conservar sus envases originales y su factura de compra, siempre se obtiene el derecho de devolución si el producto está en buenas condiciones, en caso contrario, la empresa no está obligada a devolver ningún importe.

La empresa reembolsará el importe correspondiente (incluyendo los gastos de envío de la entrega inicial, aunque excluyendo los gastos de gestión en la Aduana de dicho envío) sin demoras indebidas y, en cualquier caso, antes de que hayan transcurrido 3 días naturales desde que el producto haya llegado a nuestras instalaciones.

GARANTÍA DE LOS PRODUCTOS ADQUIRIDOS:  La garantía ofrecida es la que se establece en el Real Decreto Legislativo 1/2007, de 16 de noviembre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley General para la Defensa de los Consumidores y Usuarios. La empresa responderá de las faltas de conformidad que se manifiesten en el plazo de dos años desde la entrega.

-ATENCIÓN AL CLIENTE: Para cualquier reclamación, duda o sugerencia puede ponerse en contacto con nosotros llamando al 964 71 01 57 de Lunes a viernes de 10:00h a 19:00h o por correo electrónico info@escolanomoda.com Le recordamos que dispones de un apartado de contacto en nuestra página web. https://escolanomoda.com/#contacto

El Servicio de Atención al Cliente atenderá y dará respuesta a su reclamación a la mayor brevedad posible, y en todo caso en el plazo máximo de una semana.

MODIFICACIÓN DE LAS CONDICIONES GENERALES DE COMPRA.

La empresa se reserva el derecho de modificar en cualquier momento las presentes Condiciones Generales de Compra. Ninguna modificación afectará a los pedidos que ya estén en curso.

FUERZA MAYOR.  El cumplimiento por la empresa de la totalidad o de parte de sus obligaciones será suspendida en caso de que sobrevenga un caso fortuito o de fuerza mayor que impida o retrase el cumplimiento. Serán considerados como tales, en particular, sin que esta lista sea limitativa: la guerra, los motines, la insurrección, los disturbios sociales, las huelgas de cualquier naturaleza y los problemas de suministro no imputables a la empresa. La empresa le informará al cliente de semejante caso fortuito o de fuerza mayor dentro los siete días posteriores a su ocurrencia. En el caso en que dicha suspensión se prolongue más allá de un plazo de quince días, el cliente tendrá entonces la posibilidad de rescindir el pedido en curso y se procederá entonces a su reembolso en las condiciones previstas en el punto 6 de las presentes Condiciones Generales de Compra.

LEY APLICABLE Y JURISDICCIÓN :Las presentes Condiciones Generales de Compra están sometidas a la legislación española. Sin perjuicio de lo anterior, el consumidor no residente en España también goza de la protección que le garantizan las disposiciones imperativas del derecho del país donde tenga su residencia habitual. Las partes se someten, a su elección, para la resolución de los conflictos y con renuncia a cualquier otro fuero, a los juzgados y tribunales del domicilio del cliente.

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